Caso Panthera 7: Abogado considera que al director de Bayahibe no se le debe imponer prisión

 Caso Panthera 7: Abogado considera que al director de Bayahibe no se le debe imponer prisión

El abogado de Enriquillo Luis Brito,
director del distrito municipal de Bayahibe, expresó su esperanza de que
el juez de la Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Este no
imponga la prisión preventiva como medida de coerción, tal como lo
solicita el Ministerio Público, por su presunta vinculación a una red
internacional de narcotráfico y lavado de activos desmantelada mediante
la Operación Panthera 7.

«¿Por qué tienen que ponerle prisión? Pueden ponerle cualquier otra medida. Ellos no se van a evadir,
son gente que tiene toda su vida ahí, gente que tiene arraigos
suficientes, tanto social, familiar como económico. Esperemos que el
juez no le imponga la más gravosa, que es la prisión», dijo el jurista
Rafael Ariza.

De igual forma, el abogado destacó que la comunidad de
Bayahíbe confía en la inocencia de Luis Brito y considera que su
vinculación con la incautación de 9.8 toneladas de cocaína en el Puerto
Multimodal Caucedo, en diciembre de 2024, no tiene fundamento.

«El pueblo entero de Bayahíbe lo está apoyando y entiende que esa vinculación que le han endilgado con respecto a este caso no tiene ningún sentido para
ellos ni para nadie. Pero, falta por ver lo que el juez decida, y la
medida de coerción no es ninguna condena, ni descargo, ni absolución.
Además, hay que ver qué razón tendría el Ministerio Público para pedir
prisión en contra de ellos», manifestó.

Otros implicados

Además del dirigente político, al caso Panthera 7 se vinculan José
Nicolás Castillo Hart (a) “Nikito”; Winston Armando Tejera Rodríguez (a)
“Barbikin”; Cristian Rayner Canela Aybar; Nelson Neftalí Mercedes Lugo;
Dulvi Jesús De los Santos y Enrique José Luis Brito.

El Ministerio Público sostiene que los imputados violaron los
artículos 59, 60, 265, y 266 del Código Penal Domnicano, el cual
tipifica “Asociación de malhechores”, así como, los artículos 58, 59,
60, 75 y 85 de la Ley 50-88, sobre Drogas Narcóticas, los cuales
tipifican “Tráfico de Drogas y Patrocinio”.

Además, a Enriquillo Luis Brito y Enrique José Luis Brito también se
les acusa de violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el
Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, y
el artículo 3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, en perjuicio del
Estado Dominicano.

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Foto Hoy / Guillermo Burgos

Sobre el caso

De acuerdo con lo informado por el Ministerio Público,
en el transcurso de la investigación del caso Panthera 7 se han
recolectado evidencias que demuestran que los 9,587 paquetes, con un
peso total de 9,889 kilogramos de cocaína, fueron traídos a la República
Dominicana desde Colombia por vía marítima, específicamente por
Bayahibe, La Romana y Pedernales, en los meses previos a diciembre de
2024. Además, la organización criminal reclutó a varios empleados del
Puerto Multimodal Caucedo, quienes contribuyeron a la entrada del
cargamento a la terminal a bordo del contenedor número FFAU4542281.

Asimismo, que la organización criminal opera las empresas Grasswey
Group SRL y GWG Transport, de transporte de contenedores, las cuales
utilizaban para el tráfico internacional de drogas. Aunque la
investigación revela una red más amplia y compleja de patrocinadores.

La investigación arrojó que, para custodiar el cargamento, al puerto
entraron cuatro hombres con armas de asalto dentro del contenedor vacío
con la complicidad activa de empleados de la referida terminal que se
asociaron a la organización criminal; tal y como lo prueban las
evidencias recopiladas en la investigación, algunas de ellas entregadas a
las autoridades por la administración de Caucedo.

La Dirección Nacional de Control de Drogas tenía informaciones de
inteligencia que indicaban que en el puerto se pretendía mover un
importante cargamento de cocaína, aprovechando el gran flujo comercial
de diciembre, por lo que, por instrucciones de su presidente, el
vicealmirante José Manuel Cabrera Ulloa, se desplegó un mayor personal
de lo usual y unidades tácticas. Posteriormente, las informaciones de
inteligencia fueron reforzadas por una alerta que la DNCD recibió de la
administración de Caucedo por movimientos inusuales, por lo que se
procedió a materializar la operación de la ocupación de la sustancia
controlada.

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Las autoridades revelaron que a las 05:40 de la tarde del 05-12-2024,
el contenedor número FFAU4542281, es fue captado mientras era
trasladado a bordo del camión marca Mack, modelo CXU613, color azul,
placa número L380563, rótulo de la RNTT S503, transitando por la calle
Brisas de Caucedo, en dirección Norte-Sur, y al llegar al control de
acceso P-0 del Puerto multimodal Caucedo, evade la verificación de la
máquina de Rayos X, denominada “Presting”, y la inspección y
verificación, lo que evidencia la participación del Inspector y el
sellador del puerto, quienes participaron para permitir la entrada de la
droga y de los 4 hombres armados que custodiaban el cargamento.

A las 06:05 de la tarde en fecha 05-12-2024, el contenedor
FFAU4542281, es captado mientras era trasladado a bordo del camión marca
Mack, modelo CXU613, color azul, placa L380563, rotulo de la RNTT S503,
pasando el control de acceso P-1 del puerto Multimodal Caucedo, donde
es declarado como un retorno vacío, y se identifica, pero el mismo
llevaba las más de 9.8 toneladas de cocaína que hemos referido.

A las 08:21 de la noche de fecha 05-12-2024, el contendor FFAU4542281
fue encontrado a nivel de piso en el patio de contenedores del puerto
Multimodal Caucedo, específicamente, en la posición C346041, frente al
contenedor refrigerado HLBU9354083 con carga de bananos, procedente de
Guatemala, que estaba en proceso de contaminación en el puerto con 3,598
paquetes de cocaína, mientras que en el contenedor FFAU4542281 quedaban
por pasar al contenedor FFAU4542281, la cantidad de 5,989 paquetes de
cocaína, por lo que la totalidad de paquetes encontrados en ambos
contenedores, cuando se suman dan la cantidad de 9,587 paquetes que al
ser pesado tienen la cantidad neta de 9,889 kilogramos.

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Las evidencias muestran que la operación que se realizaba era sacar
los paquetes de cocaína del contenedor FFAU4542281, que lo había entrado
a Caucedo, para entrarlo al contendor HLBU9354083, con destino a
Bélgica, pero la operación se interrumpe por la actuación de la DNCD y
el Ministerio Público, y esa es la razón por la que ambos contenedores
tenían paquetes al momento de la ocupación.

Para hacer espacio de entrar el contenedor nevera, como se le conoce
al procedente de Guatemala con destino a Bélgica, se sacó parte de la
carga de bananos que el mismo llevaba.

Los cuatro hombres armados, con armas largas y encapuchados, raptaron
a un camionero, que se encontraba dejando un contenedor, trataron de
salir de la terminal a bordo del camión conducido por el raptado, pero
ya la DNCD en coordinación con la seguridad del puerto, había dispuesto
el cierre del mismo, por lo que los miembros de la organización que se
conocen en ese mundo como “Clavadores”, al ver que no podrían salir por
el despliegue de las agencias, se escaparon por una verja perimetral,
tal y como lo evidencia un video del perímetro que está en manos del
Ministerio Público.

El camión marca Mack, modelo CXU613, color azul, placa L380563,
rótulo de la RNTT S503, fue comprado en Santiago de los Caballeros, a
nombre de un testaferro y miembro de la organización, pero las pruebas
evidencian que el pago y las diligencias para la adquisición del mismo
la hizo uno de los principales ejes operativos de la red criminal. Luego
del hecho, la organización criminal ocultó el camión, pero el mismo fue
localizado y secuestrado por el ministerio público por el despliegue de
acciones de inteligencia y un análisis 360 del sistema de cámaras.

Al camión marca Mack, modelo CXU613, color azul, placa L380563,
rótulo de la RNTT S503, utilizado para entrar el contenedor cargado con
la droga se le ocupó un GPS que la organización criminal no tenía
conocimiento que lo poseía, ya que dicho dispositivo había sido dejado
por la empresa que lo había vendido. el referido vehículo no había sido
traspasado al momento de la entrada de la droga al puerto, con el
objetivo de la organización criminal ocultar el real propietario.

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La mapificación del GPS, que al ser rastreado corrobora, junto a
otras evidencias, que el lugar principal donde fue cargado el contenedor
con las 9.8 toneladas de cocaína, el cual se encuentra ubicado a pocos
minutos del puerto, es propiedad de uno de los principales imputados,
que se encuentra arrestado, el presidente de la compañía GWG TRANSPORT,
quien no había traspasado el inmueble, pero el Ministerio Público tiene
en su poder el acto de venta y las evidencias que acreditan que es su
propiedad.

Los investigadores de República Dominicana, una vez ocupadas las
evidencias que así lo prueban, establecieron la trazabilidad del
cargamento y luego procedieron a compartir informaciones de algunos de
sus hallazgos en los países a los que la información les puede ser de
alto interés.

Todas las pericias forenses del caso se han realizado siguiendo de
manera estricta la ley y los procedimientos establecidos al respecto,
que por lo general no han variado desde el 2004 a la fecha.

En los allanamientos se ocuparon evidencias digitales, vehículos,
dinero, armas de fuego, motores fuera de borda, entre otras, evidencias
documentales que en este momento se están procesando.

 

 

 

CREDITOS A HOY 

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